Buenos días Carlos,
Al final me va a gustar "discutir" contigo. Creo que estamos diciendo lo mismo, pero ambos tenemos distintos puntos de vista acerca del uso "correcto" del término.
Yo no estoy de acuerdo con Váccaro en muchas de sus afirmaciones, pero sí me parece bien englogar los diferentes tipos de maltrato de una persona a otra ejerciendo daño sobre otra (normalmente los hijos) en el término "violencia vicaria".
Que el término acuñado por Váccaro no esté sustentado por un estudio científico y por tanto no tenga un valor jurisprudencial (dices que sí pero luego te indico una sentencia y dices que no) casi que me alivia: entre otras cosas porque Váccaro defiende el uso del término sólo y exclusivamente a la violencia ejercida por el hombre.
Por otro lado, si los psicólogos nos basáramos solo y exclusivamente en términos científicos que conllevan peso jurídico nuestro trabajo sería cuanto menos imposible. Imagínate: el derecho de un padre a asesinar a sus hijos estaba reconocido en la ley romana bajo el nombre de “patria potestad”. También te puedo poner el ejemplo del horrendo Método Estivil que muchos de mis colegas han prescrito y prescriben, siendo a parte de una aberración de sufrimiento para un bebé, un método totalmente acientífico del cual no hay estudio alguno, y se prescribe en informes psicológicos. Cómo este, te puedo poner mil ejemplos más.
Con esto quiero que entiendas que yo en los informes diagnósticos hago constar que aparentemente el paciente está sufriendo, está ejerciendo, corre el riesgo... de violencia vicaria (sólo he tratado un par de casos, te soy honesta), nunca es un diagnóstico sino una situación contextual que a mí particularmente me parece clara y concisa en un informe.
No hilemos tan fino Carlos, yo entiendo que en el marco legal el término no sea etimológicamente correcto, pero ya te digo que en las consultas se está usando cada vez más independientemente de la repercusión jurídica que pueda tener, puesto que para ello, dichos informes, en caso de pasar a un proceso judicial, deberán pasar por una pericial que supongo, indicará el término científico, jurídico, legal adecuado. Yo ahí me pierdo porque ya te digo que la jurisprudencia no es lo mío.
Saludos
En primer lugar: No eres psicóloga.
En segundo lugar: Aunque estemos en un foro no profesional, no puedo permitir que se digan estupideces que sólo distorsionan la realidad y confunden lectores:
Que a tí te parezca bien englobar los "diferentes tipos de maltrato de una persona a otra" como "violencia vicaria" no hace que el término sea correcto, ni científico, ni si quiera válido, máxime cuando dices que no estas de acuerdo con Sonia Vaccaro que fue la que lo acuñó. Es tan absurdo como si yo ahora digo que no estoy de acuerdo con el descubrimiento de la fórmula de la gravedad, y que yo a partir de ahora englobo todo cuerpo que caiga al suelo con diferentes fuerzas, alturas o masas en dicho concepto, pero que en vez de llamarlo gravedad, lo voy a llamar fuerza centáurica.
Si ya existen términos aceptados por la Comunidad Científica, no hay ni que inventarse otros, ni tunear otros inventados sin sentido alguno.
- Cuando un padre/madre ejerce violencia sobre un hijo, aunque sea para hacer daño al otro progenitor: Violencia Infantil Intrafamiliar / Violencia Infantil Doméstica.
- Cuando un progenitor mata a un hijo: Filicidio.
- Cuando un progenitor mata a un hijo para hacer daño al otro: Filicidio por venganza / Filicidio Vengativo / Síndrome de Medea.
Violencia Vicaria no es correcto en ninguna connotación psicológica, por mucho que tú se la quieras dar.
Luego dices, que ya es el colmo "que si los psicólogos nos basáramos en términos científicos", pues hombre...sería lo suyo..... y luego añades "que conllevan peso jurídico",...lo cual ya es ridículo.
La psicología forense, o la psicología jurídica, no tiene "peso jurídico", ni siquiera jurisprudencial, sino que es un complemento independiente. Los peritos psicólogos somos profesionales que aplicamos la ciencia forense para auxiliar a Tribunales, pero es el Tribunal quien, en virtud del artículo 348 LEC, realiza la valoración de la prueba. No existen términos psicológicos jurídicos que no existan en la psicología clínica....
Oyes ruido y no sabes ni de donde. Estás mezclando derecho romano con derecho actual, que es lo mismo que decir que los coches de ahora son una basura porque viste que en los picapiedra se mueven con los pies y son más ecológicos. Luego metes el Método Estivil, que ni viene a cuento, es como si tuvieras la necesidad de decir "palabras inteligentes" para que no nos demos cuenta de que eres una persona que no tiene ni idea de psicología, que básicamente es lo mismo que hace el falso criminólogo cuando quería aparentar que era licenciado.
Como pretendes que pensemos que eres psicóloga, si en todo momento hablas de "prescribir", que es un acto puramente médico y que los psicólogos no pueden hacer, entre otras meteduras de pata que expones.
De verdad, que no pasa nada por no tener estudios, pero no hay nada peor que un ignorante queriendo aparentar que tiene estudios en un arte o ciencia, careciendo de ellos y debatiendo precisamente contra quien sí conoce la materia objeto de debate.
Indicas que tu en tus informes diagnósticos "haces constar que...", cuando pareces no saber, que los únicos psicólogos que pueden diagnosticar, son los clínicos, esto es exclusivamente aquellos que aprueban el PIR, el cual, te puedo asegurar que no has tenido acceso. Pero por si fuera poco, indicas que en tus "diagnósticos" incluyes la violencia vicaria. ¿Puedes explicarme como haces ese diagnóstico? Lo digo porque sólo son diagnosticables aquellas patologías recogidas en manuales diagnósticos, y la Violencia Vicaria no es una de ellas...
En fin, que no pasa nada si no eres psicóloga, ni criminóloga, y ha quedado claro que tampoco eres médico como dices, pero no vengas a contar cuentos a los que sabemos de leyendas, porque no haces más que quedar en evidencia y en ridículo.